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                          ACTIVOADHERENTEHONORARIOVITALICIOCONTACTO 
                           
                            
                              
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                                |  | ASOCIADOS ACTIVOS |  
                                |  | Podrán ser los Suboficiales de la Fuerza Aérea Argentina que se encuentren en Actividad o Retirados.
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                                | • |  | ACTIVOS SOLTEROS, los mismos podrán incorporpar como familiares directos con Categoría Participante a: |  
                                |  |  | - HERMANOS/AS (hasta 35 años de edad). - PADRE
 - MADRE
 Declarados ante el circulo, mediante tramite, con documentación correspondiente.
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                                |  |  |  |  
                                | • |  | ACTIVOS CASADOS, o en CONVIVENCIA declarada ante el Círculo, o Emancipados, los mismos podrán incorporar como familiares directos con Categoría Participante a: |  
                                |  |  | - CONYUGE O CONVIVIENTE - HIJOS/AS (hasta 35 años de edad).
 (si fueran más de 2 hijos menores, a partir del tercero  se encuentran bonificados hasta cumplir los 21 años)
 - NIETO/A  "a cargo" (hasta 35 años de edad).
 Declarados ante el circulo, mediante tramite, con documentación correspondiente.
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                                |  |  |  |  
                                | • |  | Tambien, si asi lo desea, tiene la posibilidad por ser Suboficial de Fuerza Aérea, de incorporpar con una cuota diferencial como Adherentes a: |  
                                |  |  | - PADRE - MADRE
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                                  PADRE POLITICO
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                                  MADRE POLITICA
 Declarados ante el circulo, mediante tramite, con documentación correspondiente.
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                                |  |  |  |  
                                | • |  | EGRESADOS DE LOS INSTITUTOS DE FORMACION DE LA F.A.A. DURANTE SU PRIMER AÑO TENDRAN IMPORTANTES DESCUENTOS EN SU CUOTA SOCIAL COMO NUEVO INTEGRANTE DEL CIRCULO. |  
                                |  |  |  |  
                                |  |  |  | SI DESEA INFORMACION DIFERENCIADA DE LOS VALORES ACTUALES DE LA CUOTA SOCIAL COMUNICARSE A LOS TELEFONOS DE LA REGIONAL CORRESPONDIENTE A SU JURISDICCION. |  
                                |  |  |  |  
                                |  |  | PRESIONE AQUÍ PARA IR A SU REGIONAL. |  
                                |  |  |   
                            
                              
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                                |  | ASOCIADOS ADHERENTES |  
                                |  | Para incorporarse a la Mutual como Asociados Adherentes debe cumplir ciertos requisitos. |  
                                | • |  | Los Asociados Adherentes son: |  
                                |  |  | - Asociados Activos que pasan a revistar como Oficiales de la FAA. - Suboficiales de otras FFAA.
 - Deudos con derecho a pensión de los Asociados Activos, vitalicios y Asociados fallecidos de las FFAA.
 - Hijos, hermanos, padres políticos, hijos políticos, nietos y vitalicios, en vida o fallecidos.
 - Personal Civil de la FAA.
 - Personal de la PSA.
 - Personal de la ANAC.
 - Personal Civil de la Planta Permanente del CSbFAAAM.
 - Cónyuges y padres de los asociados adherentes
 - Suboficiales que hayan dejado de pertenecer a la Fuerza Aérea Argentina.
 - Situaciones especiales de familia de los Asociados Activos, vitalicios y adherentes.
 - Personas jurídicamente habilitadas, que deseen integrar la Asociación Mutual y que sean presentadas al menos por (2) dos Asociados Activos.
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                                | • |  | Asi mismo, tiene la posibilidad de Incorporar como Familiares Directos con Categoria Participante a: - CONYUGE O CONVIVIENTE
 - HIJOS/AS (hasta 35 años de edad).
 Declarados ante el circulo, mediante tramite, con documentación correspondiente.
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                                |  |  |  |  
                                |  |  |  | SI DESEA INFORMACION DIFERENCIADA DE LOS VALORES ACTUALES DE LA CUOTA SOCIAL COMUNICARSE A LOS TELEFONOS DE LA REGIONAL CORRESPONDIENTE A SU JURISDICCION. |  
                                |  |  |  |  
                                |  |  | PRESIONE AQUÍ PARA IR A SU REGIONAL. |  
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                                |  | ASOCIADOS HONORARIOS |  
                                |  | Gozarán de los beneficios que se establezcan en la Reglamentación.
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                                | • |  | Serán reconocidos como tales: |  
                                |  |  | - El Presidente de la Nación. - El Ministro de Defensa.
 - El Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea Argentina.
 - Las personas que hayan prestado un servicio extraordinario a la Institución o que posean determinadas condiciones personales, debiendo ser aceptados como tales en Asamblea de Representantes y a propuesta del Consejo Directivo.
 - Los Suboficiales de las Fuerzas Aéreas y sus familiares directos pertenecientes a países acreditados ante la República Argentina, mientras se encuentren cumpliendo una comisión permanente, de una duración no menor a un (1) año en el país.
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                                |  | ASOCIADOS VITALICIOS |  
                                |  | Como reconocimiento a su trayectoria en nuestra institución. |  
                                | • |  | Podrán ser aquellos asociados ACTIVOS (Suboficiales de Fuerza Aerea) que hayan cumplido los ochenta años de edad y cumpla los requisitos establecidos en la Reglamentación para esta categoría de asociados. |  
                                |  |  | Podra Incorporar como Familiares Directos con Categoria Participante a:
 - CONYUGE O CONVIVIENTE
 - HIJOS/AS
 - NIETO/A "a cargo".
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